Atrae SCJN caso San Fernando
Abel Barajas
Cd. de México (18 febrero 2015) .-16:28 hrs
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinará si un particular, ajeno a las partes, puede tener acceso a la averiguación previa de la PGR sobre el caso de los 72 migrantes ejecutados en 2010 en San Fernando, Tamaulipas.
Por mayoría de votos, la Primera Sala del máximo tribunal ejerció la facultad de atracción sobre un amparo en revisión promovido por un particular, en contra de la negativa de la Procuraduría a proporcionar la información, conforme a la Ley de Transparencia.
En respuesta a las solicitudes de información, la PGR señaló que no podía dar acceso a dicha averiguación, ya que "por disposición legal la misma tiene el carácter de reservada".
Después de que fracasaran sus recursos por las instancias de acceso a la información, la solicitante promovió un amparo y se lo concedió el juez de distrito, pero las partes promovieron sus respectivos recursos de revisión.
La quejosa, integrante de una organización civil, formuló a la Corte la solicitud para que atrajera el caso y fue la ministra Olga Sánchez Cordero quien hoy planteó en la Primera Sala aceptar el expediente, propuesta que avalaron sus colegas.
Los ministros decidieron atraer el amparo en revisión, por su trascendencia jurídica, ya que estimaron que es un tema central analizar el acceso a la información pública contenida en averiguaciones previas, cuando se trate de escenarios como el referido.
"Sin prejuzgar su resolución de fondo, la atracción del presente asunto permitirá analizar el alcance y los límites de las facultades de decisión de las instancias encargadas de garantizar la transparencia en la actuación de entidades y dependencias gubernamentales y la manera en que se articulan con las facultades de los jueces constitucionales", señaló la Corte.
Los aspectos que analizarán los ministros son, entre otros, cómo debe interpretarse la excepción a la reserva de la información de averiguaciones previas y en qué momento se estima que hay un caso grave de violación a los derechos humanos.
También definirán criterios sobre los órganos que tienen facultades para determinar la clasificación y la reserva en averiguaciones previas, y organismos que tienen facultades para determinar la excepción a una clasificación.
Los ministros también analizarán si, efectivamente, se debe o no acreditar algún interés particular para tener acceso a las indagatorias ministeriales o solicitar versiones públicas de las mismas.