NEGOCIOS

Doble vulnerabilidad

Álvaro García Parga

Monterrey, México (16 junio 2020) .-05:00 hrs

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Crédito: EFE

Una de las primeras medidas ordenadas por la autoridad para hacer frente a la pandemia fue el prohibir la asistencia a los centros de trabajo a las personas con riesgo de desarrollar enfermedad grave incluyendo entre ellos a los adultos mayores, personas con enfermedades crónicas, así como mujeres embarazadas y en periodo de lactancia. Esta medida fue luego reforzada con las acciones para atender la emergencia sanitaria que fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación con fecha 31 de Marzo entre las cuales se indicaba el resguardo domiciliario obligatorio a toda persona mayor de 60 años de edad, en estado de embarazo o puerperio inmediato, o con diagnóstico de hipertensión arterial, diabetes mellitus, enfermedad cardíaca o pulmonar crónicas, inmunosupresión, insuficiencia renal o hepática, independientemente de si su actividad laboral se consideraba esencial.