La respuesta corta es: No. Según las "Políticas Generales para la Difusión de Información Pública en Redes Sociales Digitales" aprobadas en el Sistema Nacional de Transparencia (SNT) y las tesis jurisprudenciales publicadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SJCN), ambas el pasado mes de junio, tanto las autoridades como los funcionarios públicos que tengan cuentas públicas en las que ostenten el cargo que ocupan y difundan información pública, deben abstenerse de bloquear a los usuarios que los "sigan", a menos que existan razones justificadas para hacerlo.